Micelio

Artículo 4

Decreto 955 de 2002 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión de las Estadísticas Vitales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Reunión y quórum . La Comisión Intersectorial de Gestión de las Estadísticas Vitales se reunirá en la ciudad de Bogotá, cuando menos dos veces al año, por convocatoria del Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, o de su delegado. La Comisión se reunirá válidamente cuando concurran al menos seis de sus miembros. Las decisiones y recomendaciones se adoptarán por mayoría simple de los asistentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 955 de 2002