Micelio

Artículo 11

Decreto 1763 de 2003 · por el cual se adiciona el artículo 5º del Decreto 1044 de 2000, modificado por el artículo 4º del Decreto 1266 de 2001, y se reglamenta parcialmente la Ley 549 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Sistemas . Son funciones de la División de Sistemas, las siguientes

1.

Asesorar al Gerente General en la definición de las políticas, planes y programas para la adopción de los sistemas de procesamiento automatizado de la información.

2.

Desarrollar el software necesario para los procesos de sistematización de información.

3.

Emitir conceptos técnicos para la adquisición y mantenimiento de hardware y software relacionados con el procesamiento de información.

4.

Elaborar en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación el Plan de Desarrollo Informático de la entidad, y someterlo a consideración del Gerente General.

5.

Apoyar a la División de Recursos Humanos en la elaboración de la nómina de la entidad.

6.

Elaborar y mantener las metodologías necesarias para el desarrollo de sistemas de información, la administración de equipos, redes de comunicación y la prestación de servicios de soporte al usuario.

7.

Elaborar en conjunto con la Oficina Asesora de Planeación los estudios de factibilidad necesarios en los proyectos de sistematización de la empresa.

8.

Elaborar los manuales de software y hardware de la empresa para su aprobación por parte del Gerente General.

9.

Diseñar, mantener y aplicar las políticas de seguridad, integridad y acceso a la información sistematizada de la empresa.

10.

Administrar las redes de comunicaciones, servidores y bases de datos dentro de las normas establecidas para garantizar la eficaz prestación de servicios técnicos y de apoyo.

11.

Las demás que le sean asignadas de conformidad con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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