Micelio

Artículo 35

Cada Uno De Los Tribunales Del Trabajo Se Integrará Por Un Representante De Los Trabajadores Uno De Los Patronos Y El Tercero Del Gobierno, Que Lo Presidirá El Reglamento Determinara La Forma Como Los Patronos Y Los Trabajadores Organizados Propondrán Sus Candidatos De Entre Estos El Gobierno Designará, Para Periodos De Entre Tres Años, En Un Mismo Acto, De Dos Magistrados Principales Correspondientes A Los Patronos Y A Los Trabajadores, El Tercero Que Le Corresponde Directamente, Y Cinco Sustitutos Numéricos Para Cada Uno De Ellos El Tribunal Supremo Escogerá, En Un Mismo Acto, De Entre Los Candidatos De Los Patronos Y Los Trabajadores, Para Periodos De Dos Años, Los Respectivos Representantes Principales En Los Tribunales Seccionales, Y Tres Sustitutos Numéricos Para Cada Uno De Ellos, Cada Tribunal Seccional Elegirá, En La Misma Forma, Los Representantes De Los Patronos Y De Los Trabajadores En Los Tribunales Municipales De Su Jurisdicción Para Periodos De Un Año

Decreto 2350 de 1944 · Por el cual se dictan lagunas disposiciones sobre Convenciones de Trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial del trabajo. (segunda publicación)

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cada uno de los Tribunales del trabajo se integrará por un representante de los trabajadores uno de los patronos y el tercero del Gobierno, que lo presidirá El reglamento determinara la forma como los patronos y los trabajadores organizados propondrán sus candidatos De entre estos El Gobierno designará, para periodos de entre tres años, en un mismo acto, de dos Magistrados principales correspondientes a los patronos y a los trabajadores, el tercero que le corresponde directamente, y cinco sustitutos numéricos para cada uno de ellos El tribunal Supremo escogerá, en un mismo acto, de entre los candidatos de los patronos y los trabajadores, para periodos de dos años, los respectivos representantes principales en los tribunales seccionales, y tres sustitutos numéricos para cada uno de ellos, cada Tribunal Seccional elegirá, en la misma forma, los representantes de los patronos y de los trabajadores en los tribunales Municipales de su jurisdicción para periodos de un año

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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