El Ministerio de Comunicaciones podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de las disposiciones relacionadas con las condiciones que debe acreditar el personal especializado que opere los sistemas del servicio móvil aeronáutico. CAPITULO VI Tarifas y sanciones
Decreto 1029 de 1998 →Vigente
Artículo 29
El Ministerio De Comunicaciones Podrá Verificar En Cualquier Momento El Cumplimiento De Las Disposiciones Relacionadas Con Las Condiciones Que Debe Acreditar El Personal Especializado Que Opere Los Sistemas Del Servicio Móvil Aeronáutico
Decreto 1029 de 1998 · por el cual se reglamentan las telecomunicaciones del servicio móvil aeronáutico, y radionavegación aeronáutica.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.