En el registro penal se escribirá un extracto de las siguientes providencias:
Las sentencias irrevocables dictadas en los procesos penales;
Los autos de sobreseimiento ejecutoriados;
Las resoluciones sobre libertad condicional;
Las resoluciones que revoquen o sustituyan medidas de seguridad, principales o accesorias;
Las sentencias dictadas contra nacionales colombianos juzgados en país extranjero por delitos sancionados en el Código Penal Colombiano;
Las providencias sobre rehabilitación para el ejercicio de funciones y derechos públicos o de la patria potestad.
El registro contendrá también la designación de los establecimientos donde el condenado ha cumplido la pena o la medida de seguridad y la causa de su libertad.