Pueblos Indígenas en Contacto Inicial . El Ministerio del Interior y el Ministerio de Educación Nacional, en concertación con la Mesa Regional Amazónica, en un plazo no mayor a seis (6) meses después de expedida esta norma, definirá las estrategias especiales requeridas para proteger la integridad de los Pueblos Indígenas en contacto inicial, las cuales establecerán límites estrictos a la promoción e imposición de mecanismos escolares o procesos de escolarización orientados a transformar las dinámicas culturales y territoriales de estos pueblos.
Decreto 481 de 2025 →Vigente
Artículo 19
Pueblos Indígenas En Contacto Inicial
Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.