El teletrabajador continuará gozando de los derechos, beneficios salariales y prestaciones derivados del vínculo laboral con la entidad, así como derecho al acceso y participación en los programas de capacitación, formación, bienestar laboral, seguridad social y demás que la Ley establezca y la Entidad desarrolle, el disfrute de la garantía de desconexión laboral, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2191 de 2022 y la Resolución número 001188 de 2022, “por la cual se adopta la política de desconexión laboral para la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN”, o la que la modifique o adicione.
Igualmente, se garantizará la protección y respeto de la dignidad humana del teletrabajador, el derecho a su intimidad y privacidad, y la efectividad de la igualdad de trato.