°. Para efectos de las exenciones de los impuestos de arancel, IVA e Impuesto Global de que trata el artículo 1° de la Ley 681 de 2001, se entenderá por Zonas de Frontera, además de los municipios señalados en los Decretos listados en el numeral 4 del artículo 1° del Decreto 386 de 2007, al municipio de Ancuyá, en el departamento de Nariño y al municipio de Cáchira en el departamento de Norte de Santander.
Artículo 1
Para Efectos De Las Exenciones De Los Impuestos De Arancel, Iva E Impuesto Global De Que Trata El Artículo 1° De La Ley 681 De 2001, Se Entenderá Por Zonas De Frontera, Además De Los Municipios Señalados En Los Decretos Listados En El Numeral 4 Del Artículo 1° Del Decreto 386 De 2007, Al Municipio De Ancuyá, En El Departamento De Nariño Y Al Municipio De Cáchira En El Departamento De Norte De Santander
Decreto 1253 de 2010 · por el cual se adiciona el numeral 4 del artículo 1° del Decreto 386 de 2007 y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.