Micelio

Artículo 7

El Presente Decreto Rige A Partir Del 1ºde Enero De 1988 Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Publíquese, Comuníquese Y Cúmplase Dado En Bogotá, De

Decreto 2357 de 1987 · por el cual se incrementa parcialmente la planta de personal de algunas corporaciones judiciales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El presente Decreto rige a partir del 1ºde enero de 1988 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias Publíquese, comuníquese y cúmplase

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2357 de 1987