Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 83 de la Resolución 100-000040 de 2021, el artículo 52 de la Resolución 100-000041 de 2021 y las demás normas que le sean contrarias.
PARÁGRAFO. Las referencias en esta resolución a normas específicas deberán entenderse igualmente hechas a las que las modifiquen, adicionen o sustituyan salvo que expresamente se disponga en contrario.