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Artículo 30

La Empresa Manejará Su Presupuesto Independientemente Del Ministerio De Correos Y Telégrafos, Por Medio De Su Sección De Caja Y Pagaduría

Decreto 2056 de 1947 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Empresa manejará su presupuesto independientemente del Ministerio de Correos y Telégrafos, por medio de su sección de Caja y Pagaduría. Las órdenes de pago por concepto de sueldos y gastos de la Empresa serán giradas por el Gerente o por los empleados a quienes éste delegue dicha función con la previa autorización de la Junta Directiva. Todo gasto requerirá el visto bueno de la Auditoría o del correspondiente empleado de la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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