° La Alcaldía fijará las precisas condiciones de la destinación del inmueble cuya cesión se autoriza, la cual se formalizará, sin más requisito que el otorgamiento de la correspondiente escritura por el Alcalde y el Personero conjuntamente, y su aceptación por parte de la Diócesis.
Decreto 1476 de 1954 →Vigente
Artículo 2
La Alcaldía Fijará Las Precisas Condiciones De La Destinación Del Inmueble Cuya Cesión Se Autoriza, La Cual Se Formalizará, Sin Más Requisito Que El Otorgamiento De La Correspondiente Escritura Por El Alcalde Y El Personero Conjuntamente, Y Su Aceptación Por Parte De La Diócesis
Decreto 1476 de 1954 · Por el cual se concede una autorización al Alcalde de Armenia (Caldas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.