La Junta Nacional de Bomberos de Colombia estará integrada por:
El Ministro del Interior o su delegado quien la presidirá;
El Director Nacional para la Atención de Desastres;
El Director General de la Policía Nacional o su delegado;
Un Representante del Consejo Colombiano de Seguridad;
Un Representante de la Federación de Municipios;
Un Representante de la Federación de Departamentos;
El Presidente de la Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos de Colombia;
Cuatro representantes de Cuerpos de Bomberos, en nombre de la Delegación Nacional de Bomberos.
Para ser representante de los Cuerpos de Bomberos, es necesario ser o haber sido Comandante o Subcomandante y llevar por lo menos cinco años de servicio activo.
En todo caso de la Junta Nacional de Bomberos de Colombia harán parte, cuando menos, dos Comandantes de Cuerpos de Bomberos Voluntarios.
Cuando la Junta así lo requiera, podrán invitar a otros Ministros, Jefes de Departamentos Administrativos, Directores o Gerentes de entidades públicas o privadas.