Cobrar tarifas diferentes a las señaladas en la norma legal o reglamentaria frente a la prestación de los servicios de registro público. En los servicios que ofrecen los entes camerales que también pueden realizarse ante las entidades del Estado, como, por ejemplo, asesorías en temas de registro marcario, registro de veedurías ciudadanas, entre otros, deberán informar al usuario, sobre la entidad que presta el mismo servicio de manera gratuita y dejar constancia de que se brindó la información.
Artículo 1.1.3.4
Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.