º CONTROL Y VIGILANCIA. El control y vigilancia sobre los productos de que se trata, se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en los Decretos 3192 de 1983, 2333 de 1982, 2092 de 1986 y demás normas vigentes.
Decreto 2306 de 1987 →Vigente
Artículo 8
º Control Y Vigilancia
Decreto 2306 de 1987 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos V y VI de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a la importación y venta de bebidas alcohólicas, alimentos y cosméticos en unos Puertos Libres.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.