Micelio

Artículo 2.2.3.1.26

Derecho De Asociación

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derecho de asociación . El aficionado tiene derecho a asociarse en forma de barra organizada, cuyo delegado debidamente acreditado lo represente ante las diferentes instancias e instituciones, en las condiciones que lo prevé la Ley 1270 de 2009 y demás normas pertinentes. (Decreto 1007 de 2012, artículo 26)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015