Micelio

Artículo 13

Decreto 2243 de 1948 · por el cual se aprueba un decreto de la Gobernación del Tolima.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prorrógase por los meses de julio a diciembre de este año, la vigencia de los artículos 11 de la Ordenanza 25 y 12 de la Ordenanza 39, ambas de 1947.

El presente Decreto regirá desde el primero de julio de mil novecientos cuarenta y ocho, y será sometido a la aprobación del Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2243 de 1948