Micelio

Artículo 216

Ley 57 de 1887 · Sobre adopción de Códigos y unificación de la legislación nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 216. Cuando en el juicio ejecutivo se embargue una finca raíz, estará obligado el ejecutante á presentar, dentro del término que el Juez de la causa le señale, un certificado del Registrador de Instrumentos públicos que acredite la libertad de la finca ó los gravámenes que tenga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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