Micelio

Artículo 8

º

Decreto 1257 de 1994 · por el cual se transforma la Unidad Administrativa Especial Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta" en Empresa Social del Estatuto del orden Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. - Funciones de la Junta Directiva. La Junta Directiva de la Empresa Social del Estado Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta" tendrá respecto de ésta las siguientes funciones

1.

Formular y aprobar sus planes y programas, de conformidad con las políticas trazadas por el Gobierno Nacional y el Ministerio de Salud, y de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.

2.

Expedir y modificar sus estatutos y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional.

3.

Determinar su organización interna, su planta de personal y señalar las asignaciones correspondientes de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, y someterlas a la aprobación del Gobierno.

4.

Aprobar el programa anual de trabajo.

5.

Controlar su funcionamiento y evaluar el resultado de sus actividades, verificando su conformidad con las políticas y planes adoptados.

6.

Aprobar su presupuesto anual de ingresos, gastos e inversión.

7.

Disponer la contratación de empréstitos y autorizar los contratos correspondientes, de manera previa a la iniciación del proceso de selección del contratista, conforme a las cuantías que se señalen en el estatuto interno de la entidad.

8.

Darse su propio reglamento.

9.

Reglamentar el funcionamiento del Consejo Científico Técnico.

10.

Reglamentar el Fondo Especial para Investigaciones.

11.

Las demás que le señalen la ley, los estatutos y reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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