Micelio

Artículo 2

Ley 56 de 1935 · Por la cual se ordena la construcción de un edificio nacional en la ciudad de Cartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno deberá incluir, en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia y en las subsiguientes las partidas que sean necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 56 de 1935