Micelio

Artículo 75

Ley 157 de 1896 · Sobre prensa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es prohibido abrir o anunciar públicamente suscripciones destinadas al pago de multas impuestas a virtud de la presente ley, y los autores del anuncio y el propietario y el director del periódico en que haga sufrirán por tal hecho una multa de veinticinco ($25) a doscientos ($200) pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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