Los artículos 53 y 54 del Decreto 720 de 1978 quedarán así:
Los empleados de la Contraloría General de la República que deban viajar dentro o fuera del país en comisión de servicios, tendrán derecho al reconocimiento y pago de viáticos, de acuerdo con las cuantías que se determinan a continuación:
Parágrafo. Los viáticos de los empleados que presten su servicio en las Auditorías del exterior se liquidarán con base en el sueldo básico del cargo equivalente en la Planta Interna de la Entidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1° del Decreto 900 de 1978.