Despacho del Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media. Son funciones del Despacho del Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media, además de las señaladas en la Constitución Política y la ley, las siguientes: 13.1. Formular, reglamentar y apoyar la adopción de políticas, planes, programas y proyectos, de la educación preescolar, básica y media, media técnica a nivel oficial, privada y población minoritaria. 13.2. Dirigir, coordinar y promover, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, la consolidación, desarrollo y ejecución de los componentes del sistema educativo, en los niveles de su competencia, en los puntos clave de cobertura, calidad, pertinencia y eficiencia. 13.3. Dirigir la elaboración de los informes sobre el desarrollo de los planes y programas de educación preescolar, básica y media, que se deben presentar al Departamento Nacional de Planeación y la de aquellos que sobre las actividades del Ministerio hayan de ser enviados al Presidente de la República. 13.4. Preparar para el Ministro los informes y estudios especiales que este le encomiende y participar en la elaboración de la memoria anual que debe presentarse al Congreso de la República. 13.5 Consolidar una política educativa diferenciada de acuerdo con las etapas de desarrollo para los niños y niñas de 0 a 6 años, que incluya aprendizajes significativos, procesos educativos oportunos y pertinentes para posibilitar la articulación entre las modalidades de atenciones existentes, el ingreso al grado de transición y la escolarización primaria. 13.6. Crear y mantener mecanismos de coordinación y cooperación interinstitucional e intersectorial con el fin de garantizar en el marco del desarrollo integral, la atención educativa a la primera infancia. 13.7. Participar y representar al Ministerio en Consejos, Juntas y otras instancias. 13.8. Las demás funciones que le asigne la ley o le delegue el Ministro.
Decreto 5012 de 2009 →Vigente
Artículo 13
Despacho Del Viceministro De Educación Preescolar, Básica Y Media
Decreto 5012 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se determinan las funciones de sus dependencias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.