Cometer delito de sedición, y quedarán sujetos a las sanciones que en seguida se expresan: 1°. Los que promuevan, encabecen o dirijan un alzamiento de armas, u ordenen o realicen paros o huelgas generales en los servicios públicos, para impedir el cumplimiento de alguna sentencia, ley, decreto o providencia obligatoria, o para deponer a alguno de los funcionarios o empleados públicos, o para arrancarles alguna medida o concesión o en general para impedir en cualquier forma el libre funcionamiento del Régimen Constitucional o legal vigentes, sin pretender el cambio violento del Régimen Constitucional existente, y sin desconocer la autoridad de los órganos del Estado,, incurrirán en prisión de seis (6) meses a tres (3) años y en multa de cien ($ 100.00) a dos mil ($ 2.000.00) pesos. 2°. Los que simplemente tomen parte en la sedición, como empleados de ella con mando o jurisdicción militar, política o judicial, quedarán sujetos a las dos tercera partes de las sanciones indicadas en el numeral anterior. 3°. Los demás individuos comprometidos en la sedición incurrirán en las mismas sanciones, distribuidas hasta en las dos terceras partes. 4°. Los que promuevan, encabecen o dirijan una huelga en los servicios públicos, o un paro general, incurrirán en prisión de seis (6) meses a dos (2) años y en multa de cien ($ 200.00) a mil ($ 1.000.00) pesos. CAPITULO CUARTO Delito de asonada
Decreto 1125 de 1950 →Vigente
Artículo 135
Cometer Delito De Sedición, Y Quedarán Sujetos A Las Sanciones Que En Seguida Se Expresan: 1°
Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.