Micelio

Artículo 1

Ley 86 de 1922 · por la cual se abren unos créditos al presupuesto de gastos de la actual vigencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo 1º Abrense al Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia económica de 1922, los siguientes créditos adicionales:

Congreso Nacional.

Cámara del Senado.

Secretaría.

Cámara de Representantes.

Secretaría

MINISTERIO DE GUERRA

Material del Ejercito

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Auxilios y gastos de fomento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 86 de 1922