Rendición del dictamen. El experticio deberá contener, entre otros, los siguientes datos
La referencia del dictamen de inspección ocular;
Los participantes en la inspección ocular;
Los antecedentes de la actuación;
La documentación y material utilizado;
La ubicación del predio o terrenos, vías de acceso y sus linderos;
La explotación económica del predio en general y la que corresponda a los ocupantes;
La condición jurídica bajo la cual los terceros adelantan la explotación;
La descripción de los suelos y el relieve;
Hidrografía;
El área ocupada y cercas;
Las demás informaciones que los peritos consideren pertinentes;
El plano predial.