Reuniones. El Consejo Superior de Agricultura se reunirá por lo menos una vez al año o cuando fuere convocado por el Ministro. Sus reuniones se orientarán al estudio de la política general del Sector Agropecuario y a la revisión y evaluación de los planes y programas anuales, de conformidad con las recomendaciones que le presentare el Comité Ejecutivo de que trata el artículo siguiente.
Decreto 2420 de 1968 →Vigente
Artículo 14
Reuniones
Decreto 2420 de 1968 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.