Condiciones para poder presentar ofertas. Para presentar ofertas de compra en sobre cerrado o participar en subasta pública, el oferente debe consignar el veinte por ciento (20%) del precio base mínimo de venta a favor del Administrador del Frisco, en la cuenta que la entidad determine. Dicha suma es imputable al precio para el mejor postor aprobado, y se perderá a título de sanción en caso de incumplimiento de las obligaciones adquiridas con la presentación de la oferta.
Al oferente cuya oferta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la aprobación definitiva de la oferta, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras.
Un oferente podrá mantener la consignación previa para participar en la oferta de otros bienes cuando así lo manifieste por escrito, y siempre y cuando dicho valor corresponda por lo menos al 20% del precio mínimo de venta del bien en el cual esté interesado o adicione recursos que representen tal porcentaje.
TEXTO CORRESPONDIENTE A