Micelio

Artículo 10

Ley 2193 de 2022 · Por medio de la cual se crean mecanismos para el fomento y desarrollo de la apicultura en Colombia y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en concordancia con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Ministerio de Salud, desarrollará acciones coordinadas para:

1.

Promover el acceso a instrumentos de fomento gubernamentales a empresas nacionales que realicen programas de conservación tanto de abejas como de flora apícola.

2.

Fortalecer la red de laboratorios de referencia, reconocida por la autoridad competente, que realice análisis de laboratorio para residuos de PQUA y antibióticos en los productos de las abejas y en material biológico, así como la identificación de plagas y enfermedades que afectan a las abejas.

3.

Impulsar la denominación de origen de los productos de la apicultura.

4.

Fomentar la investigación e innovación en apiterapia y la comercialización de productos apícolas como nutracéuticos.

5.

Promover la exportación de productos y subproductos apícolas. Reglamentar los requisitos de calidad de estos productos que se deben cumplir para la exportación y para las importaciones.

DE LA PROTECCIÓN Y LA DEFENSA DE LAS ABEJAS Y POLINIZADORES EN GENERAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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