Micelio

Artículo 64

En Los Casos Previstos En Los Tres Artículos Anteriores Se Ordenará También Del Decomiso De Las Jeringas O Agujas Hipodérmicas Y La Suspensión De La Licencia De Funcionamiento A Los Establecimientos, Por El Término De Tres A Doce Meses Cuando A Ello Hubiere Lugar

Decreto 1188 de 1974 · Por el cual se expide el Estatuto Nacional de Estupefacientes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos previstos en los tres artículos anteriores se ordenará también del decomiso de las jeringas o agujas hipodérmicas y la suspensión de la licencia de funcionamiento a los establecimientos, por el término de tres a doce meses cuando a ello hubiere lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1188 de 1974