Articulo 2º La Comisión Nacional de Política Turística estará integrada así
El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado, quien la presidirá.
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.
El Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil o su delegado
El Gerente de la Corporación Nacional de Turismo, o su delegado.
Un representante de la Asociación Colombiana de Agencias de Turismo ---ANATO--.
Un representante de la Corporación Hotelera de Colombia --COTELCO--.
Un representante de la Asociación de Transportadores Aéreos Colombianos --ATAC-.
Un representante de la Asociación Colombiana de Grandes Restaurantes y Afines -AGROGRAN-.
Un representante de la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio --CONFECAMARAS--.
Dos representantes del Ministerio de Desarrollo Económico.
La Secretaria Técnica de la Comisión estará a cargo de la Secretaria General de la Corporación Nacional de Turismo.
Cuando la Comisión lo estime conveniente Podrá citar a sus reuniones a representantes de otras entidades u organismos oficiales o privados.