Micelio

Artículo 5

Créase Con Carácter Permanente El Comité Ejecutivo Nacional, Para El Desarrollo De Los Recursos Humanos En Salud, El Cual Estará Conformado De La Siguiente Manera: 1

Decreto 1849 de 1992 · por el cual se crea el Consejo Nacional para el Desarrollo de los Recursos Humanos en Salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Créase con carácter permanente el Comité Ejecutivo Nacional, para el Desarrollo de los Recursos Humanos en Salud, el cual estará conformado de la siguiente manera

1.

El Subdirector de Recursos Humanos del Sector del Ministerio de Salud.

2.

El Jefe de la División de Desarrollo del Recurso Humano del Ministerio de Salud.

3.

Un Representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

4.

El Director General de Educación de Adultos del Ministerio de Educación.

5.

Un Representante del Icfes.

6.

Un Representante del SENA.

Parágrafo

La coordinación del Comité Ejecutivo, estará a cargo del Subdirector de Recursos Humanos del Sector del Ministerio de Salud o quien haga sus veces.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1849 de 1992