Créanse los Tribunales Seccionales Bioéticos y Deontológicos de Bacteriología con sede en las respectivas capitales de cada uno de los departamentos del país, que estarán instituidos como autoridades, en primera instancia, para conocer de procesos disciplinarios bioéticos - deontológicos - profesionales que se presenten en la práctica de quienes ejercen la profesión de bacteriología en Colombia y para sancionar las faltas establecidas en las leyes vigentes sobre la materia.
Los Tribunales Seccionales Bioéticos y Deontológicos de Bacteriología estarán integrados por cinco (5) miembros profesionales de reconocida idoneidad profesional, ética y moral, con no menos de cinco (5) años de experiencia profesional que serán elegidos para un período de cuatro (4) años y conformados por regiones. Adicionalmente, contará con un abogado de reconocida idoneidad, ética y moral con no menos de cinco (5) años de experiencia profesional experto en legislación de la salud o estudios afines a esta clase de procedimientos, quien cumplirá las funciones de Secretario y que será designado por dicho Tribunal para el mismo período que sus miembros.
DEL PROCESO BIOETICO DEONTOLOGICO DISCIPLINARIOPARA LOS PROFESIONALES DE BACTERIOLOGIA