º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíque se, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de julio de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro de Relaciones Exteriores Encargado de las funciones del Despacho de la Ministra, Camilo Reyes Rodríguez.
Decreto 1808 de 1997 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 1808 de 1997 · por el cual se adiciona el Decreto número 1590 de 1994.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.