Ley 101 de 1923 · Por la cual se votan varios auxilios y se dispone el pago de otras partidas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Votase de ciento treinta mil pesos ($ 130.0000 oro para construir una casa para el servicio de las oficinas de correos y telégrafos de la ciudad de Pasto; un edificio moderno para la Agencia Postal de Cartagena, y un edificio para aduana y demás servicios nacionales en la ciudad de Ipiales.
Esta suma se distribuirá así: cincuenta mil pesos para cada uno de los dos edificios primeramente mencionados y los treinta mil restantes para el edificio de la ciudad de Ipiales.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.