Micelio

Artículo 15

Decreto 585 de 1991 · por el cual se crea el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, se reorganiza el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología - Colciencias- y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La composición de las comisiones regionales de ciencia y tecnología será definida en cada caso por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología e incluirá, entre otros: representantes de los Corpes o de las administraciones seccionales, de la comunidad científica, del sector privado y de las universidades de la región, el director de Colciencias o su delegado, y el coordinador regional de ciencia y tecnología con voz y sin voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 585 de 1991