Micelio

Artículo 26

Decreto 1505 de 1987 · por el cual se reglamenta el Sistema Salarial de Evaluación por Méritos para Instructores y Supervisores -SSMIS- del SENA, establecido por el Decreto-ley número 187 de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

RECONOCIMIENTO DE LA PRODUCCION TECNICA Y PEDAGOGICA PARA LA EVALUACION INICIAL. Para efectos de la evaluación inicial podrán inscribirse los productos técnico- pedagógicos elaborados con anterioridad al 31 de diciembre de 1986, si se encuentran dentro de lo reglamentado y continúa vigente su aplicación. - Tales productos, en su conjunto, serán tenidos en cuenta por una sola vez y de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto.

Parágrafo

Para efectos de la evaluación inicial, el número máximo de puntos que se asignará por la Producción técnica y pedagógica elaborada con anterioridad al 31 de diciembre de 1986, será hasta de cinco (5) puntos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1505 de 1987