Artículo único. Abrese al Poder Ejecutivo, con la imputación que en seguida, se expresa, un crédito adicional al Presupuesto de gastos de la vigencia en curso, así:
MINISTERIO DE GUERRA
Ejercito de la República - Material.
Ejercito De La República - Material
Ley 4 de 1916 · por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de gastos de la vigencia en curso
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único. Abrese al Poder Ejecutivo, con la imputación que en seguida, se expresa, un crédito adicional al Presupuesto de gastos de la vigencia en curso, así:
MINISTERIO DE GUERRA
Ejercito de la República - Material.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.