° A partir de la fecha de la vigencia del presente decreto corresponde al Ministerio de Fomento la fijación de precios de venta del Gas Propano. En estos términos queda modificado el artículo 3° del Decreto número 1494 de 31 de mayo de 1955.
Decreto 68 de 1958 →Vigente
Artículo 1
A Partir De La Fecha De La Vigencia Del Presente Decreto Corresponde Al Ministerio De Fomento La Fijación De Precios De Venta Del Gas Propano
Decreto 68 de 1958 · Por el cual se adscribe al Ministerio de Fomento la fijación de precios de venta del Gas Propano
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.