Micelio

Artículo 36

Decreto 523 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Expedición de estatutos y reglamentos. El Consejo Directivo Nacional expedirá y adoptará los estatutos, el reglamento estudiantil y el régimen académico de la Escuela acorde con la estructura determinada en el presente Decreto. Mientras se adoptan los estatutos académico, interno y de personal docente y el reglamento estudiantil continuarán aplicándose las disposiciones vigentes. El Estatuto de personal docente que expida el Consejo Directivo Nacional, previo concepto aprobatorio del Consejo Académico Nacional, contendrá los sistemas de selección y vinculación, clasificación, regímenes y situaciones administrativas que determinen las normas que sobre educación superior defina el Gobierno Nacional para los docentes universitarios. El Consejo Directivo Nacional adoptará los reglamentos estudiantiles para pregrado y posgrado dentro de los lineamientos establecidos en la Ley 30 de 1992.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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