La Junta General de Socios se reunirá en sesiones extraordinarias cuando sea convocada por el Gerente, por la Junta Directiva o por un número de socios que represente no menos del veinticinco por ciento (25%) del capital. Para las reuniones extraordinarias los socios deben ser convocados mediante comunicación escrita con anterioridad no menor de cinco (5) días calendario; y en la comunicación de convocatoria se insertará el orden del día.
No obstante lo anterior, estando presentes todos los socios, por sí o por medio de sus representantes, podrán deliberar y adoptar decisiones válidamente aunque no haya precedido convocatoria, y aunque la reunión se verifique en cualquier lugar.