Micelio

Artículo 3

Decreto 34 de 1957 · Por el cual se suprimen los Municipios de San Marcos y Caimito en el Departamento de Bolívar, y se anexan al Departamento de Córdoba

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero Las disposiciones de la Ley 9ª de 1951, por la cual se crea y organiza el Departamento de Córdoba, se aplicaran a la situación legal establecida en el presente Decreto, en lo que no sea contrario a su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 34 de 1957