Micelio

Artículo 68

Los Cónsules Remunerados De La República Así Como Los Cónsules Ad Honórem, Debidamente Autorizados Por El Ministerio De Relaciones Exteriores Expedirán Gratuitamente La Visa De Tránsito A Los Extranjeros Que Estén En La Situación Contemplada En El Artículo Anterior, Válida Por Quince (15) Días Improrrogables

Decreto 2955 de 1980 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los cónsules remunerados de la República así como los cónsules ad honórem, debidamente autorizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores expedirán gratuitamente la visa de tránsito a los extranjeros que estén en la situación contemplada en el artículo anterior, válida por quince (15) días improrrogables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2955 de 1980