La Remuneración Básica Mensual De Los Docentes Del Instituto Pedagógico Nacional, Dependencia De La Universidad Pedagógica Nacional, Será La Señalada Para Los Distintos Grados Del Escalafón Nacional Docente Que Fije El Gobierno Nacional Para 1990 Y Que Corresponda A Empleos Con Dedicación De Cuarenta (40) Horas Semanales, En La Planta De Personal
Decreto 75 de 1990 · Por el cual se fijan las asignaciones del personal docente de la Universidad Pedagógica Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La remuneración básica mensual de los docentes del Instituto Pedagógico Nacional, dependencia de la Universidad Pedagógica Nacional, será la señalada para los distintos grados del Escalafón Nacional Docente que fije el Gobierno Nacional para 1990 y que corresponda a empleos con dedicación de cuarenta (40) horas semanales, en la planta de personal.
Parágrafo
La asignación básica mensual de los profesores que tengan una dedicación de cuarenta y ocho (48) horas semanales será la que corresponda a su respectivo grado en el Escalafón Nacional Docente, más un veinte por ciento (20%) de dicha asignación.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.