Artículo octavo. El impuesto extraordinario del diez por ciento (10%) correspondiente al año fiscal de 1966, se incluirá en las liquidaciones oficiales y privadas del impuesto sobre la renta del año gravable de 1965, y deberá pagarse durante los mismos términos establecidos para el pago del impuesto sobre la renta y complementarios.
Decreto 2646 de 1965 →Vigente
Artículo 8
Decreto 2646 de 1965 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 2323 de 1965.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.