Medidas presupuestales para atender la emergencia. Las autoridades nacionales y territoriales responsables de garantizar el acceso al agua potable y saneamiento básico, para efectos de adelantar las medidas y ejecutar los proyectos e intervenciones dirigidas a superar el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira focalizarán y priorizarán la destinación de recursos, para lo cual, podrán realizar las modificaciones presupuestales que sean necesarias, acordes con las normas presupuestales pertinentes.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 9°. Medidas presupuestales para atender la emergencia. Las autoridades nacionales y territoriales responsables de garantizar el acceso al agua potable y saneamiento básico, para efectos de adelantar las medidas y ejecutar los proyectos e intervenciones dirigidas a superar el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira focalizarán y priorizarán la destinación de recursos, para lo cual, podrán realizar las modificaciones presupuestales que sean necesarias, acordes con las normas presupuestales pertinentes.