Micelio

Artículo 62

El Congreso Podrá Eliminar O Reducir Las Partidas De Gastos Propuestas Por El Gobierno, Con Excepción De Las Que Se Necesiten Para El Servicio De La Deuda Pública, Las Demás Obligaciones Contractuales Del Estado, La Atención Completa De Los Servicios Ordinarios De La Administración, Y Las Inversiones Autorizadas En Los Planes Y Programas A Que Se Refiere El Ordinal 4°, Del Artículo 76 De La Constitución

Decreto 294 de 1973 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Congreso podrá eliminar o reducir las partidas de gastos propuestas por el Gobierno, con excepción de las que se necesiten para el servicio de la Deuda Pública, las demás obligaciones contractuales del Estado, la atención completa de los servicios ordinarios de la Administración, y las inversiones autorizadas en los planes y programas a que se refiere el ordinal 4°, del artículo 76 de la Constitución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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