Micelio

Artículo 218

En Los Procesos Iniciados Antes De La Vigencia Del Presente Estatuto, Los Recursos Interpuestos, La Práctica De Las Pruebas Decretadas, Los Términos Que Hubieren Comenzado A Correr, Los Incidentes En Curso Y Las Notificaciones Que Se Estén Surtiendo Se Regirán Por Las Leyes Vigentes Cuando Se Interpuso El Recurso, Se Decretaron Las Pruebas, Empezó A Correr El Término, Se Promovió El Incidente O Principió A Surtirse La Notificación

Decreto 85 de 1989 · Por el cual se reforma el Reglamento de Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los procesos iniciados antes de la vigencia del presente estatuto, los recursos interpuestos, la práctica de las pruebas decretadas, los términos que hubieren comenzado a correr, los incidentes en curso y las notificaciones que se estén surtiendo se regirán por las leyes vigentes cuando se interpuso el recurso, se decretaron las pruebas, empezó a correr el término, se promovió el incidente o principió a surtirse la notificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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