Micelio

Artículo 3

Ley 11 de 1874 · sobre fomento de la colonización de los Territorios de Casanare i San Martin

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Una vez determinado el punto en que deba terminar, sobre el rio Meta o uno de sus tributarios, el camino terrestre, el Poder Ejecutivo ordenará la construccion, ya sea por contrato o bien por administracion, de la parte de camino entre Villavicencio i aquel punto. En el Presupuesto de gastos se votarán las partidas correspondientes para llevar a efecto la construccion de este camino.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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