Micelio

Artículo 15

Decreto 2158 de 1992 · por el cual se reestructura la superintendencia de notario y registro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División Administrativa y Financiera. - Son funciones de la División Administrativa y Financiera:

1.

1. Preparar y ejecutar planes operativos y de desarrollo de la dependencia, identificando acciones integradas y de control interno e informarlas a la Secretaria General para su consolidación en las Oficinas de Planeación e Informática y de Control interno, según su competencia.

2.

2. Organizar y adelantar los procesos de carrera administrativa, selección, clasificación, registro y desarrollo del personal al servicio de las dependencias centrales de la Superintendencia, de conformidad con la ley.

3.

3. Preparar los actos administrativos referentes a nombramientos, remociones y demás situaciones administrativas del personal; tramitar las novedades con las excepciones previstas en este decreto, y expedir las certificaciones que le correspondan según los reglamentos.

4.

4. Colaborar con la Oficina de Planeación e Informática en la elaboración de los proyectos de reforma a la planta de personal, manuales de funciones y requisitos y demás estudios sobre administración de personal.

5.

5. Elaborar y ejecutar o coordinar los programas de bienestar y de capacitación para el personal de las dependencias centrales del organismo.

6.

6. Elaborar en coordinación con la Oficina de Planeación e Informática, el proyecto anual de presupuesto del organismo a nivel central y el programa anual de caja y preparar los proyectos de acuerdo de gastos, así como de adiciones y traslados al presupuesto de la Superintendencia, y adelantar los trámites correspondientes.

7.

7. Atender el manejo de la contabilidad de las dependencias centrales de la Superintendencia y consolidar la información con la de las oficinas de registro para la elaboración y presentación de los estados financieros de la entidad.

8.

8. Expedir los certificados sobre disponibilidad presupuestal y efectuar los registros de apropiación y reserva en los distintos rubros del presupuesto vigente, para las dependencias centrales de la entidad.

9.

9. Recaudar los ingresos, manejar los fondos, efectuar los pagos y custodiar los valores y documentos negociables y de garantía de la entidad a nivel central, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

10.

10. Rendir los informes y cuentas que requieran la Contraloría General de la República y otros organismos públicos y dependencias de la Superintendencia.

ll. Programar y adelantar las actividades concernientes a la adquisición, almacenamiento y suministro de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el eficiente funcionamiento de las dependencias centrales de la Superintendencia.

12.

12. Preparar y controlar la ejecución del programa general de compras; coordinar los trámites administrativos de licitación y contratación, y mantener actualizado el registro de proveedores y contratistas de las dependencias centrales de la Superintendencia.

13.

13. Ejecutar, directamente o por contrato que celebre la Superintendencia, el diseño, construcción o interventoría de las obras civiles que requieran las dependencias centrales de la Superintendencia, así, como también adelantar las reparaciones y el mantenimiento de sus instalaciones físicas.

14.

14. Prestar o coordinar y controlar los servicios de celaduría, mantenimiento y reparación de equipos, aseo, cafetería, transporte y demás servicios generales requeridos para el funcionamiento de la administración central de la entidad.

15.

15. Atender las actividades relacionadas con inventarios y archivo y correspondencia.

16.

16. Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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